El Plan Operativo Anual de Inversiones
(POAI), es un instrumento de gestión que permite operacionalizar los objetivos
y metas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal, Departamental o
Distrital, para cada vigencia fiscal.
El Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI)
es uno de los elementos que conforman el Sistema
Presupuestal Colombiano, tiene por objeto determinar los programas,
subprogramas y proyectos de inversión por ejecutar durante la vigencia fiscal
(01 de enero al 31 de diciembre).
Este
instrumento debe incluir todos los recursos que van a ser destinados a
inversión y debe precisar cada una de las fuentes de financiación del plan, en
especial, las de destinación específica para inversión, como el caso de los
asignados por cada componente del Sistema
General de Participaciones.
1. ¿Por qué hay que elaborar el Plan Operativo Anual de
Inversiones?
La
elaboración del POAI está definida
legalmente por el Estatuto Orgánico de
Presupuesto, Decreto 111 de 1996.
El POAI
es un instrumento de vital importancia para la programación de la inversión pública a nivel territorial,
y su no elaboración, puede ocasionar sanciones disciplinarias, por el
incumplimiento de los deberes establecidos en la Ley 734 de 2001.
2. Ventajas del Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI)
La
elaboración del POAI brinda al Ente Territorial significativas
ventajas a la hora de definir sus prioridades de inversión de acuerdo con la
disponibilidad de recursos disponibles para su financiación, es así como el POAI:
- Permite priorizar la inversión por realizar en la vigencia, permitiendo la optimización de la eficiencia en la ejecución de dichas inversiones.
- Permite articular el Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo a las condiciones y características propias de cada vigencia fiscal, en concordancia con las líneas estratégicas de la parte general del Plan de Desarrollo.
- Incluido en el Presupuesto, será la base para una vez aprobado, cada secretaría o departamento administrativo elabore los correspondientes Planes de Acción contemplados en la Ley 152 de 1994.
- Facilita el seguimiento y la evaluación de los programas y/o proyectos que se van a ejecutar.
- Permite determinar el nivel de cumplimiento del Plan de Desarrollo en términos de las metas anuales que buscan la satisfacción de las necesidades básicas de la población.
- Le permite al Alcalde o Gobernador autoevaluar su gestión, de tal forma que pueda adoptar los correctivos necesarios en el transcurso de la vigencia.
- Incluye indicadores de resultado de las inversiones programadas.
Refleja las Inversiones en materia de Gasto
Social. El
POAI debe garantizar el cumplimiento
de lo dispuesto en el Articulo 350 de la
Constitución Política, que establece que el presupuesto de inversión no se podrá disminuir porcentualmente con
relación al año anterior.
Es el puente entre el Plan de Desarrollo y el
Sistema Presupuestal. Su contenido es la desagregación anual del Plan Plurianual de Inversiones aprobado
en el Plan de Desarrollo y debe articularse con la parte general o estratégica
del mismo; por lo tanto, es el elemento fundamental para articular el proceso
presupuestal con la planeación.
Garantiza la debida destinación legal de la
inversión. Debe
reflejar la destinación específica y legal de las diferentes fuentes de
financiación, especialmente de los recursos con destinación específica para
inversión y de los ingresos corrientes
de libre destinación.
Contribuye al cumplimiento y seguimiento de
los Objetivos y Metas. Facilita el seguimiento al cumplimiento de metas
definidas por el Gobierno Territorial,
al incluir indicadores de programas y subprogramas acordes con los proyectos.
Articula la Planeación. Articula los
proyectos debidamente elaborados y viabilizados con el desarrollo de las
políticas del plan, conforme a la clasificación por programas.
4. Información necesaria para la Elaboración del Plan
Operativo Anual de Inversiones
Para
iniciar el proceso de elaboración del Plan Operativo Anual de Inversiones se
requiere tomar como insumo los siguientes instrumentos:
- El Plan de Desarrollo con su parte general y el Plan Plurianual de Inversiones debe ser el punto de partida para determinar la inversión a ejecutar en la Vigencia, pues el POAI debe mantener las líneas estratégicas y de acción al momento de programar la inversión de la vigencia respectiva.
- El Marco Fiscal de Mediano Plazo que incluye el Plan Financiero y sus metas de inversión, explicado en post anteriores.
- Proyectos que deben estar elaborados previamente, adecuados a las metodologías y viabilizados por la entidades competentes.
- Tener organizados los Bancos de Programas y Proyectos, e inscritos los proyectos considerados viables, para la administración territorial.
De
acuerdo a lo anterior, se considera esencial la elaboración de un POAI, que se alimente del Banco de Programas y Proyectos de Inversión
y, por tanto, de planes, programas y proyectos.
5. Contenido y Estructura del Plan Operativo Anual de
Inversiones
Para
que se constituya realmente en una herramienta de gestión local, el POAI podrá contener primero, una parte
general, donde se incluyan los programas, subprogramas y proyectos de la
inversión a realizar en la vigencia
fiscal, y opcionalmente puede tener una segunda parte, que desagrega esta
inversión para el área urbana y rural.
Un
factor importante al momento de elaborar el POAI es incluir los indicadores
conforme a la Ley 715 de 2001, atendiendo los sectores y las destinaciones
legales previstas en dicha ley.
5.1.
Parte General:
Destinación de la Inversión Total por Sectores, Programas y/o Subprogramas
La
Parte General debe incluir la siguiente información:
a) Objetivos del Plan: Definir los objetivos del POAI, que
deben ser acordes con los establecidos en la parte estratégica del Plan de
Desarrollo.
b)
Establecer los
Sectores de Inversión: Se debe establecer la clasificación establecida conforme
a las competencias asignadas en la ley, garantizando que los programas,
subprogramas y proyectos se relacionan directamente con el desarrollo de dichas
competencias.
c)
Definición de los
Programas: Conjunto
de subprogramas y proyectos determinados para el desarrollo de una política o estrategia
para el cumplimiento de los objetivos y líneas de acción.
d)
Definición de los
Subprogramas: Es
un nivel de desagregación intermedio entre el programa y/o el proyecto,
determinada según la magnitud de la inversión territorial.
e)
Inclusión de los proyectos
específicos: Que
conforman los programas y subprogramas de inversión, como núcleo esencial de la
inversión. En este sentido, los proyectos a incluir deben ser aquellos que
hayan sido considerados viables, y cumplan con la inscripción previa en el
Banco de Programas y Proyectos de Inversión.
f)
Metas: Corresponde a la
cuantificación del logro esperado para la vigencia, conforme a los indicadores
previstos. Es el compromiso asumido por la administración respecto a la
inversión.
g)
Indicadores: Son considerados como
la expresión en valor de la meta o resultado esperado, es importante recordar
que los indicadores deben ser medibles, disponibles, determinantes, claros y
que expresen resultados.
h)
Apropiación: Este es el punto más
importante en el proceso de elaboración del POAI, pues implica asignar los
recursos que se espera sean aprobados en el Acuerdo u Ordenanza de Presupuesto
como apropiación para el programa, subprograma o proyecto.
i)
Fuente de
Financiación: Implica
desagregar la apropiación asignada según la fuente de financiación de los
recursos, teniendo especial cuidado de garantizar y mostrar la aplicación de
los recursos que tienen destinación especifica.
j) Responsable: Esta última columna indica el o las áreas de
gestión territorial que serán responsables del desarrollo del programa,
subprograma o proyecto, lo que ayudara al Plan de Acción, pero esencialmente es
útil al momento de incorporar el POAI al Presupuesto de Gastos de Inversión, el
cual debe estar por secciones del presupuesto.
5.2.
Parte Especifica: Se
sugiere incluir resúmenes específicos de planes, programas y proyectos según
necesidades de agrupamiento:
a) Según Inversión Urbana y Rural: Especificando la
población beneficiada, sea esta de la zona urbana o rural. El objetivo de esta
parte es desagregar los programas, subprogramas y proyectos, considerando la
focalización de la inversión, según su cobertura en la zona urbana o rural,
conforme a los objetivos del Plan de Desarrollo.
Cuadro 1. Esquema
Básico del Plan Operativo Anual de Inversiones
Sector
|
Identificación de
Programas y/o Subprogramas a Ejecutar
|
Meta para la Vigenc
|
Indicadores
|
Apropiación
|
Recursos Propios
|
Sistema General de
Participaciones
|
Regalías
|
Responsable
|
||||||||||
Cod.
|
Programa
|
Subprograma
|
Proyectos
|
Línea Base
|
Esperado
|
Con Destinación
Especifica
|
Sin Destinación
Especifica
|
Educación
|
Salud
|
Agua Potable
|
Propósito General
(L.I)
|
Propósito General
(F.I)
|
Alimentación Escolar
|
|||||
Educación
|
||||||||||||||||||
Salud
|
||||||||||||||||||
Agua P. y
Saneamiento B.
|
||||||||||||||||||
Cultura
|
||||||||||||||||||
Deporte
|
||||||||||||||||||
Total
|
||||||||||||||||||
6. Aprobación y Modificación
del Plan Operativo Anual de Inversiones
a) Aprobación del Plan Operativo Anual de Inversiones
Este
Plan es aprobado anualmente, conforme al Estatuto
de Presupuesto Municipal o Departamental adoptado por el Consejo de
Gobierno o el Consejo Municipal o
Departamental de Política Económica y Social (COMPES O CODPES) en la fecha
establecida en dicho estatuto, la cual debe ser anterior a la presentación del
proyecto de presupuesto al Concejo Municipal o Asamblea Departamental y
posterior a la aprobación del Plan
Financiero.
b) Incorporación al Proyecto de Presupuesto
Luego
de aprobado el POAI la dependencia
de Hacienda incluye los programas, subprogramas y proyectos, en el proyecto de
presupuesto general, en la parte correspondiente al presupuesto de gastos de
inversión, conforme a la sección del presupuesto que va a ser ejecutado, con el
objeto de dar coherencia a todo el presupuesto.
De esta manera el contenido del Plan Operativo Anual de Inversiones, aprobado previamente por la Administración Territorial, será aprobado en forma definitiva como parte del Acuerdo u Ordenanza de presupuesto, aprobado por el Concejo o Asamblea respectivamente.
De esta manera el contenido del Plan Operativo Anual de Inversiones, aprobado previamente por la Administración Territorial, será aprobado en forma definitiva como parte del Acuerdo u Ordenanza de presupuesto, aprobado por el Concejo o Asamblea respectivamente.
c) Ajuste al POAI según lo aprobado en el Presupuesto
Una vez
aprobado el presupuesto, se recomienda revisar el POAI aprobado, para adecuarlo a las modificaciones de inversión
aprobadas finalmente en la Ordenanza o Acuerdo de Presupuesto, esto implica por
ejemplo ajustar metas e indicadores.
d) El desarrollo del Plan de Acción
A
partir del POAI se puede elaborar el
Plan de Acción, desagregando en
forma especifica el contenido y los requerimientos de las actividades a
realizar por cada área de la administración con indicadores específicos de
cumplimiento.
e) Contribución al seguimiento y evaluación de la Inversión
Publica
Las
Áreas de Planeación Municipal o Departamental deben realizar seguimiento y
evaluación interna sobre el desarrollo de los programas y proyectos de
inversión aprobados, presentar informes al Alcalde o Gobernador y su Consejo de
Gobierno e incluso a la comunidad, sobre el nivel de avance respecto a los
objetivos del Plan de Desarrollo y
los indicadores propuestos en la vigencia.

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